El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento presentado por Chile Vamos que buscaba eliminar el artículo de la Ley Antinarcos que permite el cultivo de cannabis para uso medicinal.
Cabe recordar que la normativa estaba lista para ser promulgada desde marzo, pero debido a la oposición sobre este apartado, la ley había quedado entrampada hasta el día de hoy.
Frente a este rechazo, diversas personalidades, conocidas por su posición a favor del cultivo medicinal, celebraron la decisión del tribunal.
Una de ellas fue la diputada del Partido Acción Humanista, Ana María Gazmuri, quien señaló que esta medida es una muestra de justicia para los cientos de personas que han sido encarceladas erróneamente.
“Gracias a lo que ha ocurrido, se hace justicia a esta inmensa comunidad que ha sido injustamente criminalizada y perseguida. A pesar de que este uso medicinal está contemplado en la Ley 20000”, mencionó Gazmuri.
De este modo, la normativa justifica el cultivo para personas con tratamiento médico que cuenten con receta. No obstante, quienes sean sorprendidos con una prescripción falsa, arriesgan de 61 a 540 días de cárcel.
Otro que celebró la decisión del TC fue el diputado de Revolución Democrática, Jaime Sáez, quien sostuvo que este apartado será una gran herramienta para combatir el narcotráfico.
“Por cada usuario de cannabis libre, vamos a poder eventualmente prevenir que posibles asesinos de carabineros o policías puedan estar efectivamente tras las rejas”, aseguró Sáez.
Ley Antinarcos
Después que el Tribunal Constitucional rechazara el requerimiento, la Ley Antinarcos quedó lista para ser promulgada dentro de los próximos días. Pero, ¿en qué consiste?
En concreto, la normativa tiene el objetivo de aumentar las penas para las personas que sean sorprendidas administrando sustancias ilícitas. Especialmente, si se trata de venta destinada a menores de edad.
En los cuales se incluyen cualquier solvente o gas inhalante que sean capaces de “provocar daños a la salud, dependencia física o psíquica”.
Del mismo modo, eleva las sanciones para los sujetos que utilicen menores o personas exentas de responsabilidad, para cometer crímenes.
Así mismo, si existen bienes muebles o inmuebles incautados, el juez de turno podrá destinar su uso para las distintas instituciones del Estado.
No obstante, siempre deberá usarse con el objetivo de prevención, rehabilitación y tratamiento de sustancias.