Hasta la fecha, los incesantes incendios forestales que afectan a la zona centro sur del país han consumido 254.934 hectáreas de acuerdo a Senapred.
Durante la noche de este lunes, el Gobierno cifró en 14 los detenidos por presunta responsabilidad en el inicio de siniestros.
“Todas estas cosas se deben investigar, son detenciones que deben dar curso a una investigación más exhaustiva”, indicó la ministra del Interior, Carolina Tohá.
Si bien, aún los hechos aún deben ser investigados, la legislación pena duramente a los responsables de incendios forestales.
Hasta 20 años de cárcel por provocar incendios forestales
En 2013, luego de la entrada en vigencia de la Ley 20.563 se aumentaron las sanciones a responsables de incendios forestales.
Esto, debido a que la norma modificó la Ley 20.283, conocida como Ley de Bosque, estableciendo sanciones que van desde los 5 años y 1 día a 20 años de prisión por provocar siniestros.
La norma en su artículo 22 indica que simplemente el empleo de fuego en contravención a la Ley de Bosque, tiene como consecuencia “presidio menor en sus grados mínimo a medio y una multa de 11 a 50 UTM”.
Es decir, la pena va desde los 61 a 540 días de cárcel en su tramo mínimo. Mientras que en su grado medio es de 531 días a 3 años de prisión.
En cuanto a rozar a “fuego infringiendo las disposiciones legales y reglamentarias” destruyendo bosques, mieses, pastos, montes, cierros y plantíos arriesgan presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de 50 a 150 UTM.
Aquí, la pena podría llegar a los 3 años y un día, a los 5 años de cárcel, en su grado máximo.
Además, la norma establece la prohibición de encender fuego o la utilización de elementos de calor en las Áreas Silvestres Protegidas. El incumplimiento de esto tiene como sanción 61 días 5 años de prisión y una multa de 11 a 150 UTM.
Delito culposo por provocar incendios
En tanto, para el delito culposo de provocar incendios forestales en un Área Silvestre Protegida o se propagase a ella, tiene como una pena de de 3 años y un día a 5 años de presidio, así como una multa de 100 a 200 UTM.
“En el caso de que haya evidencia de intencionalidad, quiero volver a reiterar que las penas que establece la ley parte en los 5 años y un día, y pueden llegar a 20 años”, sostuvo el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve.